Para todas aquellas Obras, cuyos umbrales no alcancen lo establecido en el Artículo Nº 2.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que su operación produzca algún tipo de alteración, en las vías aledañas del proyecto a evaluar, deberán presentar un Estudio de Acceso en la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad respectiva.
En este tipo de Estudio se define el área de influencia, con su caracterización física y operacional actual, se realizan mediciones vehiculares para determinar la distancia funcional de él o los accesos, para finalmente proponer las medidas de mitigación acordes al nuevo Proyecto.
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